Mascarilla en el supermercado, en el trabajo y ¿en el coche? La pandemia del coronavirus ha impuesto el uso de este elemento higiénico-sanitario como medida para frenar su avance. Su utilización dentro de vehículos está regulada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que establece la obligatoriedad de llevar mascarilla en el coche, ciclomotor y otros medios de transporte, así como sus exenciones.
¿Conducir con mascarilla es necesario?, ¿Existe la posibilidad de contraer el SARS-CoV-2 en este entorno? Un estudio de la National Center for Biotechnology Information (NCBI) reveló que el habitáculo de un vehículo es susceptible de acoger hasta 700 tipos de bacterias. Más recientemente, el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) afirmó que el coronavirus puede permanecer en superficies sólidas (salpicaderos, asientos, cinturones de seguridad, volante, etc.) durante cuatro días.
Los conductores tienen, pues, razones de peso para considerar el uso de mascarillas quirúrgicas e higiénicas en sus vehículos, al margen de los dictámenes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
¿Es obligatorio llevar mascarilla en el coche?
De acuerdo a la Orden TMA/400/2020 publicada en el BOE durante el pasado mes de mayo, «en los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio. En este supuesto, no será necesario el uso de mascarilla».
Los conductores de motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L encontrarás una respuesta en el siguiente apartado: «pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio». En el caso del carsharing o vehículo compartido, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana traslada la normativa de los vehículos privados particulares y privados.
Multas y sanciones por prescindir de mascarilla al volante
Dado que es obligatorio conducir con mascarilla en varios supuestos, el Gobierno de España ha previsto multas de hasta 100 euros por esta infracción, que considera como leve. Se aplica, en este caso, lo dictado en el artículo 57 de la Ley General de Salud Pública, vigente desde octubre de 2011.
Por otra parte, los conductores exentos de utilizar mascarilla en su vehículo o ciclomotor deben prestar atención durante el estacionamiento. Si han aparcado en su parking o vivienda particular, no tendrán obligación de ponerse la mascarilla; en el caso de haber estacionado en la vía pública u otro entorno, deberán ponerse este material sanitario antes de abandonar el habitáculo. También en este caso se aplicarían sanciones de acuerdo a lo dicho en el artículo 57 de la Ley General de Salud Pública.
Almacenar y transportar la mascarilla es un problema para la mayoría de conductores. Para mayor comodidad, se recomienda utilizar portamascarillas u otro accesorio similar, que evite el contacto de la mascarilla con las superficies del interior del vehículo.
¿Cuáles son las excepciones para el uso de mascarilla en el coche?
La Orden TMA/400/2020 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana han sembrado dudas entre los conductores, por el gran número de excepciones que se plantean. De hecho, la mayor parte de los conductores podrán acogerse a una excepción y prescindir de llevar mascarilla en el coche.
Porque es innecesario conducir con mascarilla si el conductor viaja en solitario o en compañía de personas que convivan en su mismo domicilio, sean familiares o no. La normativa vigente no plantea un límite de plazas, pudiendo ocuparse la máxima permitida en el vehículo que corresponda.
Es importante recordar, en este sentido, «el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía», según el artículo 18 del Reglamento General de Circulación.
Y es que el uso inadecuado de la mascarilla en el coche o un número de pasajeros excesivo puede acarrear, incluso dentro de la legalidad, una multa leve. Una mascarilla colocada en la posición incorrecta (por debajo de la nariz, en la barbilla, en la frente, colgando en la oreja, etc.) puede limitar la visión del conductor, motivo por el que el usuario y conductor se expone a una multa, aún siendo un caso de excepción.
Otra razón para quitarse la mascarilla y transportarla en portamascarillas dentro del vehículo, siempre y cuando nos ampare un caso de excepción, es la vida útil de la mascarilla, que se verá drásticamente reducida durante estos desplazamientos. La duración de este material sanitario alcanza las 4 horas. Incluso en las mascarillas marcadas con la ‘R’ de «reutilizable», la sudoración acumulada tras 4-5 horas de uso obligaría a reemplazarlas por otras.